En fecha 10 de agosto de 2023, se publica la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (LOCAPTEM)...
En fecha 10 de agosto de 2023, se publica la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (LOCAPTEM)...
Para el presente mes de Enero 2023, el trabajador, de no recibir la asistencia apropiada para la determinación de su estimación del porcentaje de retención, producto de la apertura de un nuevo año civil o calendario, verá aún más quebrantada...
Calendario de sujetos pasivos especiales y agentes de retención
que preside para el año 2023
Con fecha 29 de noviembre de 2022 se publica Gaceta Oficial No. 42.515, que contiene el Calendario 2023 de Obligaciones Tributarias...
Cerrado el periodo contable mensual del mes de Septiembre 2022, los contribuyentes notificados directamente por el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT) como Sujetos Pasivos Especiales (SPE) están...
SENIAT deroga la providencia que designaba a fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas como agentes de percepción del IVA.
Las personas naturales o jurídicas ahora cuentan con la facilidad de realizar en línea la Declaración y Pagos de Enajenación de Inmuebles, Declaración y Pago de las Tasas e Impuestos con el fin de informar y pagar los tributos establecidos en la Ley...
En un aparente ambiente de retorno por parte del Banco Central de Venezuela (BCV) a operaciones en el mercado abierto, bajo la finalidad primordial de llevar a cabo sus objetivos relacionados con la estabilidad monetaria...
Una solución para el abastecimiento o conflicto para la producción nacional ante las crecientes presiones sobre los precios como punto de inflexión en su actividad económica.
En la celebración del día del Trabajador, se publica la Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.697, que dicta el Decreto de Exoneración en Materia Aduanera N° 4.683 de fecha Domingo 1 de Mayo de 2022, para aquellas mercancías señaladas en su Capítulo II, asentando el presente beneficio en los artículos 3, 4 y 5.